En aplicación de la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid ha habilitado el Sistema Interno de Información como cauce de comunicación adecuado para la recepción de información sobre hechos o conductas que guarden relación con la actividad y funcionamiento de la Institución. El SII está integrado por todos los canales de información aprobados, y por aquellos que se puedan aprobar, y de los que pueden hacer uso las personas integrantes de la FUAM.
Cumpliendo con lo dispuesto en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad del sistema de gestión de la FUAM, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios que se prestan en la FUAM de acuerdo con la carta de servicio. La FUAM dispone de un buzón de quejas y sugerencias, que sirve para evaluar la calidad y mejorar la prestación de los servicios a todos sus usuarios y usuarias.
El Comité Ejecutivo de la FUAM, en fecha 28 de mayo de 2024, aprobó el Plan de medidas antifraude en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en la Orden HPF/1030/2021, de 29 de septiembre, en relación con la protección de los intereses financieros de la UE y como beneficiaria de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Para garantizar la adecuada aplicación de este Plan se crea la Comisión Antifraude, órgano encargado de examinar las denuncias y proponer las medidas que procedan.
Para comunicar cualquier incidencia a este respecto escribe a comisionantifraude@fuam.uam.es
El Código ético de la FUAM, aprobado por el Patronato de la FUAM en la sesión de 12/06/24, recoge el conjunto de principios que deben guiar la conducta en el ámbito académico de quienes forman parte de la comunidad universitaria, y orientar su proceder ético frente al resto de actores sociales, centros o entidades que colaboran con la Universidad en el desarrollo de sus actividades.
El seguimiento del Código ético se sustentará en un canal de comunicación, canaletica@fuam.uam.es
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, tiene por finalidad prever y garantizar diferentes mecanismos para que las personas empleadas puedan presentar denuncias sobre cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea y las acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
En la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, al efecto de dar cumplimiento al artículo 13.1.f) de la citada Ley, se aprobó, a través de su Comité Ejecutivo, en sesión de 28 de mayo de 2024, las Normas reguladoras de la creación, implantación y funcionamiento del Sistema Interno de Información de la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, así como el nombramiento de la persona responsable del Sistema Interno de Información.
Las denunciadas, con carácter anónimo y confidencial, se podrán de presentar ante el responsable del Sistema Interno de Información, a través del Canal de Denuncias. Este canal recibe denuncias sobre acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave o suponer infracciones del Derecho de la UE.
-> Email: canaldedenuncias@fuam.uam.es