Ministerio de Industria, Energía y Turismo – Bases reguladoras de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes
Convoca: MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO
Bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelo de utilidad por la Oficina Española de Patentes y Marcas (BOE: 29/05/2013)
Objeto: Bases para la concesión por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad, en régimen de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Las subvenciones reguladas por la presente orden constan de dos programas:
a) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
Dirigido a estimular la protección internacional de la tecnología a través de patentes o de modelos de utilidad. El objetivo es mejorar la competitividad de las empresas que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y de las personas físicas.
Para ello, con objeto de ayudar a superar las principales barreras que el solicitante puede encontrar en la consecución de una patente europea, internacional o en oficinas nacionales extranjeras, dichas ayudas se concentran en subvencionar las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países, así como subvencionar la realización de la traducción al idioma del país en el que se realice la extensión.
b) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas:
Dirigido a estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, así como de las personas físicas, dichas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.
Plazo: Las solicitudes de las ayudas se deberán presentar en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE de la correspondiente convocatoria, salvo que ésta determine otro plazo de presentación.
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